LAS CHACRAS (2)

El Senado aprobó la normativa que busca promover y favorecer la actividad
privada a través de exenciones impositivas, mejorar la competitividad del sector, generar
empleos, y potenciar el turismo enológico y termal, entre aspectos claves para el desarrollo
en San Luis. 
En este marco y previo a la media sanción obtenida en la Legislatura Provincial, el secretario de
Turismo, Luis “Piri” Macagno participó de la reunión de comisión para el tratamiento del proyecto de
Ley de Promoción de Inversiones Turísticas en la Cámara de Senadores de San Luis. 
En la oportunidad, el funcionario explicó los aspectos centrales del proyecto que será fundamental
para afianzar la industria del turismo en San Luis, una de las principales generadoras de trabajo y
desarrollo en la Provincia. Macagno, remarcó sobre la importancia de legislar para acompañar e
impulsar este crecimiento. 
Los objetivos del proyecto de Ley 
 Elevar la calidad de la oferta turística en la Provincia, a fin de mejorar la competitividad de
los servicios turísticos que ofrece; 
 Aumentar la estadía promedio de turistas en la Provincia; 
 Incrementar la incidencia del turismo en el producto bruto provincial; 
 Promover la generación de empleo. 
 
Los proyectos de inversión están destinados a: 
 La realización de obras y equipamiento para el emplazamiento y explotación de parques
temáticos y grandes centros de atracciones turísticas en la Provincia; 
 La construcción de nuevos establecimientos hoteleros que cumplimenten las exigencias
previstas para ser incluidos dentro de las categorías de CUATRO (4) y CINCO (5) estrellas; 
 La realización de obras de reforma, ampliación o remodelación de establecimientos
hoteleros existentes, a efectos de incrementar su categoría a 3, 4 o 5 estrellas
 La incorporación de unidades de transporte terrestre y lacustre destinadas a la
explotación de servicios de excursiones en los circuitos turísticos de la Provincia, teniendo en
cuenta el régimen establecido en la Ley Nº IX-0329-2004 “Ley de Naútica”, el Decreto Nº 3649-
MHP-2010 y la Resolución N° 489-SLASE-2011 y sus modificatorias.

 Las obras y equipamiento para el desarrollo de turismo termal, rural y enológico; 
 Todas aquellas actividades que en el futuro se declaren de interés turístico para la
provincia de San Luis. 
Beneficios de carácter acumulativo 
 Exención de hasta el 100% en el impuesto sobre los Ingresos Brutos: en toda actividad
que el beneficiario desarrolle en el marco de la presente Ley; 
 Exención de hasta el 100% en impuesto Inmobiliario, Automotores, Acoplados,
Motocicletas y Sellos: sobre los bienes o contratos relacionados al proyecto promovido; 
 Donación de inmuebles: El Poder Ejecutivo podrá transferir a los beneficiarios la propiedad
de inmuebles de dominio privado, los que se individualizarán mediante el pertinente decreto, bajo
la modalidad de donación con cargo, el que consistirá en destinar una suma equivalente de hasta
el 30% del monto previsto para el proyecto, a la infraestructura necesaria para el mejor
aprovechamiento y potenciamiento de la zona, tal como construcción de caminos de acceso
mejorados, tendidos de redes eléctricas, provisión de agua potable y en general obras que sirvan
a iguales fines; 
 Venta de inmuebles: El Poder Ejecutivo podrá transferir a los beneficiarios la propiedad de
inmuebles de dominio privado, conforme criterios técnicos de desarrollo turístico, bajo la
modalidad de venta, la que se instrumentará por boleto de compraventa hasta el efectivo
cumplimiento de las condiciones impuestas por Decreto Reglamentario. Una vez que se verifique
por parte de la Autoridad de Aplicación el cumplimiento de todas estas, más el pago total del
precio, se procederá al otorgamiento de la Escritura Pública traslativa de dominio.

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