Cristina Kirchner fue sobreseída en la causa de la «ruta del dinero» – Otro lawfare que se cae

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El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°7, a cargo del Juez Casanello hizo lugar al pedido del fiscal de Guillermo Marijuan, quien luego de 10 años de «investigación» y lawfare no encontró pruebas para inculpar a la Vicepresidenta –

El fallo firmado por el juez Sebastián Casanello, explica los motivos por los que se tomó la decisión de sobreseer a la ex presidenta. «La fiscalía ha arribado a una de las soluciones previstas en el ordenamiento legal a través de un razonamiento lógico derivado del examen de las constancias que obran en el expediente«

Marijuan había explicado que había pedido el sobreseimiento de CFK por no poder juntar las pruebas necesarias para la acusación. «Aún con la claridad de esa vinculación de Lázaro Báez con Cristina Fernández, habiendo transcurrido más de diez años, desde el inicio de este proceso penal y casi cinco años desde la declaración indagatoria de la nombrada en el marco de este expediente, no he logrado reunir elementos probatorios que me lleven a avanzar más allá del estado de sospecha que permitió interrogarla«, expresó en el escrito que le presentó a Casanello. 

Casanello remarcó en el fallo que su labor se limitó a coincidir con el planteo que Marijuan había hecho. «El juez encuentra limitada su jurisdicción a conocer y decidir un caso dentro del marco y con los alcances planteados por las partes. No puede ir más allá de la pretensión requerida por la acusación ni suplir la misión punitiva del Estado«, sostuvo.

Qué dice la resolución

La resolución de Casanello decretó “el sobreseimiento de Cristina Elisabet Fernández (…) en orden a los hechos por los cuales fuera indagada”. Y declaró que “la formación del presente sumario no afecta el buen nombre y honor que hubiera gozado”.

En sus fundamentos, el juez se hizo eco del retiro de la acusación contra CFK que Marijuan presentó el 24 de mayo último, trámite en el que dio por cerrada la investigación abierta hace siete años y “tras considerar agotadas las medidas de prueba para dilucidar si la ex mandataria había participado de las operaciones de lavado de dinero atribuidas en esta causa a Lázaro Báez y su entorno”.

“Sin acusación no hay proceso penal posible”, determinó Casanello en su escrito de tres páginas, donde basa su decisión en los fundamentos presentados hace una semana por la fiscalía.

En este punto, el texto hizo propio un criterio del Máximo Tribunal que defiende la labor del representante del Ministerio Público en la etapa del debate para avanzar o no hacia la etapa del juicio oral.

Por eso, prosigue, al no existir una acusación por parte del fiscal, “el juez encuentra limitada su jurisdicción” y “no puede ir más allá de la pretensión requerida por la acusación ni suplir la misión punitiva del Estado”.

Consecuentemente, frente a la solicitud del acusador y titular de la acción penal de sobreseer (…), la tarea del juez se encuentra acotada a examinar los requisitos de razonabilidad” de ese pedido y no ir más allá de él, concluyó el texto.

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