HIJOS

HIJOS POR LA IDENTIDAD Y LA JUSTICIA CONTRA EL OLVIDO Y EL SILENCIO ES UNA AGRUPACIÓN QUE NUCLEA A HIJAS E HIJOS DE VÍCTIMAS DEL TERROR ESTATAL EJERCIDO DURANTE LA ÚLYIMA DICTADURA CÍVICO MILITAR EMPRESARIAL ECLESIASTICA.

En 1995 hicieron su aparición en la escena pública y política organizados en una Red Nacional, con regionales en distintas ciudades del país, a partir de reivindicaciones comunes, el reclamo de justicia, la construcción de la memoria y la defensa de los derechos humanos.

Fue adquiriendo relevancia en sus discursos y prácticas una fuerte denuncia contra la impunidad que se instaló con las Leyes de Punto Final (1986) y Obediencia Debida (1987) sancionadas durante la presidencia de Raúl Alfonsín y los decretos de su sucesor, Carlos Menem, durante su primer año de gobierno. 

Este último mandatario, de manera inconsulta, firmó varios decretos que indultaron a los jefes militares condenados en el Juicio a las Juntas, a los oficiales que participaron en los levantamientos carapintadas en 1987 y 1988, a funcionarios civiles cómplices y partícipes del terror estatal y a líderes de organizaciones guerrilleras. 

En este contexto y ante la ausencia de justicia, tomó forma una de las prácticas distintivas de H.I.J.O.S., el escrache, una acción directa que buscaba visibilizar la existencia de genocidas y represores en libertad. Si bien los juicios por el delito de apropiación ilegítima de bebés, niñas y niños durante la dictadura, se continuaron desarrollando porque este delito no fue alcanzado por las leyes de la impunidad, éstas clausuraron la vía judicial para encarcelar a los represores por otras violaciones a los derechos humanos. H.I.J.O.S. aspiraba a que la condena social sea una forma de castigo. Acompañados de murgas, música, teatralizaciones, performance y pintadas callejeras, marchaban hasta la casa o el trabajo de un miembro de las fuerzas de seguridad o funcionarios civiles responsables y partícipes de delitos de lesa humanidad para que los vecinos o compañeros de trabajo supieran que convivían con ellos y rechazaran su presencia. Por lo general, así sucedía, aunque también hubo casos en los que los mismos vecinos defendieron a los represores.

En el año 2003, por iniciativa del entonces presidente Néstor Kirchner, el Senado de la Nación anuló las Leyes de Punto Final (1986) y Obediencia Debida (1987). De este modo, se eliminaron las barreras legales para enjuiciar a represores y genocidas y se reactivaron causas judiciales que llevaban muchos años paralizadas.

“El reclamo por la anulación de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final nunca cesó y finalmente se logra mediante la ley 25.779 en agosto de 2003 durante el gobierno de Néstor Kirchner. En la misma sesión fue aprobada la ley 25.778 que otorgó rango constitucional a la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y lesa humanidad. Esta es la llave que reabrió nuevamente el camino a la justicia. La posibilidad de anular las leyes que el propio Congreso había sancionado está ligada al avance a nivel internacional en la definición de conceptos que están contenidos en Convenciones y Tratados y que son obligatorios para todos los estados. En nuestro país, al reformarse la Constitución Nacional en 1994, se incorporó el artículo 75 inciso 22 que establece que los pactos y convenciones internacionales tendrán rango constitucional, es decir que siempre estarán por encima de la legislación interna. Las leyes de Obediencia Debida y Punto final, así como también los decretos de indulto, son contrarias a la Constitución y al denominado “derecho de gentes” (el derecho que involucra a todos los estados) por haber significado el perdón de “crímenes de lesa humanidad”. Es decir, crímenes que por su naturaleza agravian a la humanidad en su conjunto y, por lo tanto, deben ser juzgados. Una de sus principales características es la imprescriptibilidad, que hace que los hechos puedan ser tratados y juzgados en cualquier momento, independientemente de los plazos legales y de cuando se haya cometido el delito. Cabe aclarar que sólo el Estado produce violaciones a los derechos humanos, por acción u omisión, porque es el Estado quien está obligado a su respeto, defensa, promoción y garantía. Cuando es una persona en forma individual la que infringe la norma, se trata de delitos comunes y no de violaciones a los derechos humanos.”  Extraído de: Dossier: Del Juicio a las Juntas a los nuevos juicios. Recursos y materiales

El reclamo de justicia cobraba un nuevo impulso y en este proceso la participación activa de H.I.J.O.S., junto a los Organismos de Derechos Humanos, fue clave aportando nuevas denuncias y testimonios.

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