Cobrar sin trabajar: Denuncian al dirigente de la UCR Alejandro Cacace, funcionario del Ministro Sturzenegger en el gobierno de Milei
Universidad Nacional de San Luis
Facultad de Ciencias Económicas, Jurídicas y Sociales
Villa Mercedes, San Luis, 22 de septiembre de 2025.
Al Sr. Decano
De la Facultad de Ciencias Económicas, Jurídicas y Sociales
S_______/_______D
De mi mayor consideración:
Me dirijo a Ud. y por su intermedio al Departamento de Ciencias Jurídicas y Políticas y del área correspondiente a fin de que se resuelva sobre el tratamiento de los salarios del docente Alejandro Cacace.
En efecto, en el día de la fecha se toma conocimiento de la solicitud de licencia del docente Cacace, por cargo de mayor jerarquía. Pero, sin embargo, el nombrado fue designado por decreto 1080/2024
como Subsecretario de Reformas Estructurales en la órbita del Ministerio Nacional
de Desregulación y Trasformación del Estado, desde el 1 de diciembre de 2024, es
decir mucho tiempo atrás.
Que dichas tareas deben cumplirse en la ciudad de Bs As., por lo que el docente o tuvo la habilidad de tele transportarse o no ha cumplido sus obligaciones docentes, esto es, dar clases presenciales todas las
semanas, tomar exámenes finales (prácticamente una vez por mes), tomar parciales, dar consultas. Sobre todo, como responsable y presidente de mesa de la asignatura Derecho Constitucional de la carrera de Abogacía.
Se desconoce si las firmas en las actas de exámenes finales le pertenecen a Cacace.
Que oportunamente en el mes de mayo o junio el Área de Derecho Público y la Convergencia, trató el tema en cuestión, sugiriéndose la intervención de la asignatura.
Que la ordenanza C.S. Nº30/08, establece las incompatibilidades con tareas docentes, régimen de acumulación de cargos, cargas horarias y funciones que son inconciliables funcional y éticamente. La misma enuncia en su articulado el desempeño de cargos en representación política, sean
elegidos o no, legisladores, ministros, secretarios y subsecretarios nacionales,
provinciales o municipales.
En definitiva, y a los fines de no sentar un precedente contrario a la normativa aplicable, solicita la investigación pertinente y que los salarios percibidos desde el 1 de diciembre de 2024, sean devueltos al Tesoro de la Universidad de así corresponder.
Sin otro particular, saludo muy atentamente.
Esp. Gabriela Ricart
Docente
Expte. N° 19658/2025
